Este documento constituye un contrato vinculante entre ELENA LEGACY PROPERTIES, marca comercial de Dña. Elena Ushakova, con NIF:Y9522108F, en adelante el "Broker Inmobiliario", y el CLIENTE que acepta las presentes condiciones mediante su registro digital.
1. DEFINICIÓN OPERATIVA Y NATURALEZA DEL ACTIVO
El presente acuerdo ampara cualquier inmueble presentado por el Broker Inmobiliario. Las Partes acuerdan definir como "Activo Off-Market" aquel inmueble que, en el momento de su presentación por el Broker Inmobiliario, se gestiona bajo criterios de discreción y no se encuentra masivamente publicitado en portales abiertos,.
El Cliente reconoce y acepta expresamente que: 1. El estatus de confidencialidad es temporal y dinámico. La decisión de modificar dicho estatus o publicar el activo en mercado abierto es prerrogativa exclusiva de la propiedad y ajena al control del Broker Inmobiliario 2. La eventual publicación posterior del activo por terceros no anula el valor del servicio de acceso, filtrado y curación ya prestado, ni exime al Cliente de sus obligaciones de confidencialidad y pago de honorarios pactadas en este acuerdo.
2. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE INTERESES (NDA)
El Cliente reconoce que la información facilitada (direcciones, datos de la propiedad, análisis económicos) es Información Confidencial y propiedad intelectual del Broker Inmobiliario.
2.1. Uso Restringido: El Cliente se obliga a no divulgar, compartir ni publicar dicha información a terceros sin autorización expresa.
2.2. No Elusión y Vigencia: El Cliente se compromete a no contactar, negociar ni transaccionar directa o indirectamente con la propiedad de los inmuebles presentados, eludiendo al Broker Inmobiliario. Esta obligación de protección de honorarios permanecerá vigente durante veinticuatro meses desde la fecha de presentación del activo. Si el Cliente adquiere dicho inmueble dentro de este plazo (incluso tras finalizar el servicio de búsqueda), deberá abonar la comisión íntegra.
2.3. Responsabilidad Solidaria: El Cliente será responsable del pago si la compra es realizada por un tercero vinculado a él (cónyuge, familiar, socio o sociedad interpuesta/testaferro).
3. MODALIDADES DE ACCESO Y TARIFAS DE SERVICIO
El Cliente selecciona una modalidad de servicio para la búsqueda de un (1) inmueble. Los honorarios de acceso (IVA no incluido) son 100% deducibles de los Honorarios de Éxito finales.
• Acceso LIGHT (€600 + IVA): 14 días, hasta 6 inmuebles y 6 visitas.
• Acceso PLUS (€1.000 + IVA): 30 días, hasta 12 inmuebles y 12 visitas.
• Acceso PREMIUM (€5.000 + IVA): 30 días, propuestas ilimitadas y prioridad alta.
Excepción por Promociones (Cortesía / Campañas Especiales): En caso de que el Cliente acceda mediante una "Tarifa de Bienvenida" o se beneficie de una "Promoción Especial" (ej. Campaña de Invierno/Navidad,), donde se bonifique el 100% de la cuota de acceso, dicha gratuidad aplica exclusivamente a los gastos de inicio. En ningún caso la bonificación de la entrada exime al Cliente del cumplimiento del NDA, la cláusula de No Elusión ni del pago de los Honorarios de Éxito (comisión final) en caso de compra.
4. OPCIÓN DE CONTINUIDAD
Finalizado el plazo inicial de la tarifa elegida, el Cliente podrá optar voluntariamente por prorrogar el servicio de búsqueda activa mes a mes mediante el abono de una Cuota de Gestión de 1.000 €/mes (+ IVA). Este importe garantiza la dedicación exclusiva y será acumulable y deducible de la comisión final
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5. HONORARIOS DE ÉXITO Y FORMA DE PAGO
5.1. Cuantía: En caso de compraventa del activo (directa, indirecta o por persona interpuesta), el Cliente abonará al Broker Inmobiliario. los siguientes honorarios sobre el precio final de la operación, a los que se añadirá el IVA vigente:
Del importe resultante se descontarán las cantidades ya abonadas por el Cliente en concepto de acceso al servicio.
5.2. Forma de Pago: El pago se realizará mediante cheque bancario nominativo o transferencia inmediata vía Banco de España (OMF), contra entrega de factura, en los siguientes plazos:
El impago total o parcial del primer plazo facultará al Broker Inmobiliario. para reclamar inmediatamente la totalidad de los honorarios devengados.
6. PROHIBICIÓN DE INTERMEDIACIÓN Y PENALIZACIÓN
Queda terminantemente prohibido el uso de este servicio por agentes inmobiliarios o intermediarios para captar activos.
CLÁUSULA PENAL: Si el Cliente, actuando de mala fe o como intermediario encubierto, utilizara la información facilitada para contactar con la propiedad o captar el inmueble, deberá abonar una penalización de 50.000 € (CINCUENTA MIL EUROS) en concepto de daños y perjuicios por competencia desleal, sin perjuicio de los honorarios que correspondan.
7. RATIFICACIÓN MEDIANTE HOJA DE VISITA
Para la visita física de cualquier inmueble, será requisito indispensable la firma de una "Hoja de Visita" específica, que se incorporará como Anexo a este contrato y detallará la ubicación exacta del activo protegido.
8. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se rige por el derecho español. Toda controversia derivada de este contrato, incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez, interpretación, cumplimiento o terminación, queda sometida a la decisión de un árbitro, encomendando la administración del arbitraje al Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM), de conformidad con su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la solicitud de arbitraje. El arbitraje será de derecho y se desarrollará en Madrid.
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ACEPTACIÓN DEL CONTRATO
El envío de este formulario y la marcación de las casillas correspondientes constituyen la aceptación íntegra y sin reservas de las condiciones expuestas anteriormente, surtiendo los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita.